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1.- Juan Carlos Campo: Magistrado – Ministro y viceversa:

El 13 de enero de 2020 Juan Carlos Campo fue nombrado Ministro de Justicia en el Gobierno de Pedro Sánchez, en sustitución de Dolores Delgado, ocupando dicho cargo hasta mediados de Julio de 2021.

Inmediatamente tras su sustitución, pasó a retomar su plaza como Magistrado de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, donde ejerce sus funciones jurisdiccionales desde entonces.

En su cargo como Ministro de Justicia ha tenido un papel crucial en las relaciones de España con EUROJUST, la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal, de la que formamos parte como Estado miembro de la Unión Europea.

A propuesta suya fue nombrado por el Consejo de Ministros como miembro de España en Eurojust al magistrado José de la Mata Amaya el 17 de noviembre de 2020 por un plazo de cinco años, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/1727 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, sobre la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal (Eurojust) y en el artículo 2.1 de la Ley 16/2015, de 7 de julio, por la que se regula el estatuto del miembro nacional de España en Eurojust («BOE» núm. 303, de 18 de noviembre de 2020, páginas 100556 a 100556).

El mismo Ministro Campo recibió el 13 de mayo de 2021 la Memoria anual 2020 de la delegación española en Eurojust de la mano del mencionado magistrado De la Mata. El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, hizo hincapié en la importancia del trabajo de la delegación española en la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal: «Debemos estar orgullosos de tener una de las delegaciones más potentes en Eurojust«, según se puede ver en la siguiente nota de prensa de Moncloa.

https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/justicia/Paginas/2021/130521-eurojust.aspx

 

2.- La participación de EUROJUST en el caso “Encrochat”

En dicha Memoria Anual del 2020 de la Delegación de España en EUROJUST se hacen varias referencias al caso “Encrochat”, tal y como se puede consultar en el siguiente enlace de la mencionada Memoria:

https://www.mjusticia.gob.es/es/AreaInternacional/ParticipacionMinisterioJusticia/Documents/Memoria%20anual%20Delegaci%C3%B3n%20Espa%C3%B1a%20Eurojust%202020_%2020210429.pdf

Según informó la Policía Francesa, el 10 de abril de 2020 se creó un Equipo Conjunto de Investigación entre las autoridades judiciales de Francia y los Países Bajos, bajo los auspicios de EUROJUST y con el apoyo de EUROPOL, del que forman parte 13 miembros de la Unión Europea, entre ellos España.

Desde entonces España ha recibido los datos pirateados del sistema de comunicación encriptado de “Encrochat” por parte de la Gendarmería Francesa y se han iniciado varias investigaciones penales en el seno de la Audiencia Nacional, de entre las que destaca la extradición a Francia de dos españoles que comercializaban legalmente los móviles Encrochat en España.

La presencia de EUROJUST en relación al desmantelamiento del sistema Encrochat es constante; de hecho, emiten notas de prensa al respecto, como se puede ver en el siguiente enlace:

LEER MÁS:  Javier García Isac: “Hoy la Sanidad española está solo por encima de algunos países africanos”. Por Javier Navascués

https://www.eurojust.europa.eu/sites/default/files/Press/2020-07-02_joint-Eurojust-Europol-press-release_FR.pdf

La presencia de España en estas investigaciones sobre Encrochat auspiciadas por EUROJUST es contante, como se puede ver en el gráfico inferior.

Incluso hay una sesión abierta consultable en youtube de EUROJUST sobre el caso Encrochat donde se explica cómo España ha sido invitada a participar junto con otras Naciones en las reuniones habidas: https://www.youtube.com/watch?v=lcGoOeHdHzQ

Por lo tanto, el conocimiento y participación de España en el marco de EUROJUST sobre el caso Encrochat es evidente, como también es evidente que la máxima autoridad de España en ese marco de Cooperación Penal a nivel de la Unión Europea era en aquella época el Ministro Campo.

 

3.- La participación del ex Ministro Campo en la extradición a Francia de dos españoles por la Audiencia Nacional en el caso “Encrochat” auspiciado por EUROJUST

El 20 de julio de 2022 el Juez de la Audiencia Nacional Juan Carlos Campo firmó como “Ponente” el auto nº 355/2022 de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que confirmaba el auto del Juez Pedraz de prisión provisional y sin fianza contra uno de los españoles por el caso “Encrochat” que ya ha sido extraditado a Francia en base a una OEDE (Orden Europea de Detención y Entrega) proveniente de ese país con muchas dudas y en el seno de una investigación auspiciada por EUROJUST.

Lo más grave de este asunto ya no es que se afirmara en ese auto confirmatorio de la prisión que “el arraigo del reclamado es inexistente” (página 7 del auto), cuando el reclamado es español, casado con española, con tres hijos pequeños españoles, con residencia en España, con sus padres en España, con toda su Familia en España, con su trabajo en España y con sus Amigos en España.

Lo más grave es, a mi juicio, que el Juez Campo no se haya abstenido en un caso del que se debería haber abstenido, algo que he confirmado con todos los abogados con los que he comentado el tema, porque así lo establecen claramente los artículos 219.13 y 219.16 de Ley Orgánica del Poder Judicial:

Son causas de abstención de un Juez y Magistrado:

Haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo.
Haber ocupado el juez o magistrado cargo público o administrativo con ocasión del cual haya podido tener conocimiento del objeto del litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad.

Considero que el Ministro Campo cuando ocupó la cartera del Ministerio de Justicia en España estaba al tanto del caso “Encrochat” y la investigación auspiciada por EUROJUST, como no podría ser de otra manera, participó indirectamente en el asunto objeto de la Causa, tuvo conocimiento del mismo y ya iba con su criterio propio en detrimento de la debida imparcialidad cuando resolvió el asunto en la Audiencia Nacional.

LEER MÁS:  Eurico Campano entrevista a Guillermo Rocafort en Periodista Digital sobre su último libro: De su Excelencia el Generalísimo a gracias, Antonio

 

4.- ¿Sanción muy grave del Ministro Campo por no haberse abstenido en el caso “Encrochat”?

Según el artículo 417.8 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, es considerada falta muy grave de un Juez o Magistrado la inobservancia del deber de abstención a sabiendas de que concurre alguna de las causas legalmente previstas.

Según el artículo 420.2 del mismo Corpus Legislativo las faltas muy graves sólo podrán sancionarse con suspensión, traslado forzoso o separación, y el órgano competente para su imposición sería el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, a propuesta de la Comisión Disciplinaria.

Un Estado de Derecho se fundamenta en la estricta separación de los poderes del Estado y cuando advertimos cómo esa separación se diluye sentimos como juristas un verdadero escalofrío de pavor ante la arbitrariedad y el abuso institucionalizados.

El mismo pavor que yo advertí cuando me confirmaron que uno de los españoles extraditados a Francia, al que conozco, había sido ya entregado a la Juez de Lille que en su primer interrogatorio se portó con una ferocidad propia de quien no tienen razón.

Desde entonces me dedico a investigar toda la documentación sobre este caso, y cada vez salen más sorpresas, como esta del Magistrado – Ministro Campo, aunque la investigación que de verdad es precisa hacer es la relativa a cómo, quién y cuándo se pirateó el sistema “Encrochat” por parte de los servicios secretos franceses, aunque ello esté penado con siete años de cárcel según el Código Penal Francés (artículos 413-9 y 413-10), como ha remarcado el Estado francés en sucesivos comunicados amenazantes.

¿Será que estamos en la génesis de un nuevo “concepto postmoderno” del Estado de Derecho proveniente de Francia al que nos someteremos de nuevo?

Lo que es evidente es que no va a sentar muy bien en algunos países de la Unión Europea esta mezcla inapropiada entre el poder ejecutivo y el judicial en España, y que el descubrimiento de esta realidad hasta hoy desconocida va a generar un grave desconcierto en la cada vez mayor falta de credibilidad en las investigaciones sobre “Encrochat”.

Puede que en España ya nos hayamos acostumbrado a este tipo de situaciones inapropiadas, pero en la Unión Europea cada vez se oyen más altas las voces que claman ante un escándalo judicial como éste que marcará una época.

Autor

Guillermo Rocafort