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Sr. D. José Angel Saiz Meneses, arzobispo de Sevilla:
Ruego disculpe la omisión del tratamiento protocolario que oficialmente tiene reconocido, pero como decía Aristóteles, «la dignidad no consiste en tener honores, sino en merecerlos»
Le envío estas líneas impulsado por la prohibición al amparo de ilegales atribuciones, de la procesión del Corpus Christi de mi parroquia castrense el domingo 29 de mayo de 2016, por la entonces concejala presidenta del distrito de Latina del Ayuntamiento de Madrid, Esther Gómez Morante, del partido Ahora Madrid actualmente Más Madrid, partidos de extrema izquierda.
Desde la fecha antes indicada y sin más pretensiones que la defensa de la fe, de la Iglesia y de la ley he dirigido reiteradas misivas a la práctica totalidad de la prelatura española demostrándole documentalmente que la Iglesia Española viene «solicitando autorización» para celebrar sus actos religiosos en la vía pública a los ayuntamientos en lugar de «comunicar» su celebración a las delegaciones, subdelegaciones del Gobierno u organismos autónomos análogos vascos, navarros y catalanes como prescribe la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, exhortándoles a abdicar de su contumaz transgresión de dicha ley.
La inmensa mayoría de los destinatarios de mis mensajes me ha obsequiado con un displicente silencio, habiendo recibido 3 respuestas consistentes en un conjunto de embustes, evasivas, incoherencias y circunloquios, ajenos a mis planteamientos y huérfanos de solución o conclusión alguna ni esperanza de alcanzarla, al tiempo que propiciatorias de nuevos vetos municipales de actos religiosos en la vía pública de cualquier municipio español que mi labor desde hace más de 4 años trata de evitar.
Es innegable que el proceder de la prelatura española en el caso quenos ocupa y preocupa constituye todo un monumento a la zafiedad y a la falta de respeto a la dignidad del prójimo: su ejecutoria nos conduce a la selva virgen donde cada persona comete la barbaridad que se le ocurra.
Consiguientemente, la ejecutoria de la prelatura española en el presente caso corre pareja a la de los sempiternos enemigos viscerales de la Iglesia Católica y de sus fieles, induciéndoles a volver a las andadas.
En su carta pastoral del pasado 21 de diciembre, de ¿felicitación navideña? a los fieles sevillanos, dice que «en nuestro occidente rico corremos el peligro de que la Navidad quede reducida a lo que podríamos denominar ambiente navideño: luces en las calles principales, intercambio de felicitaciones y de regalos, comidas familiares un día sí y otro también».
Resulta evidente que el contenido de su carta pastoral constituye un grotesca y extemporánea crítica para la que su ejecutoria relativa al cumplimiento de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, en la tramitación de actos religiosos en la vía pública le despoja del necesario ascendiente moral para criticar a su feligresía o a cualquier otro ser humano.
Es preciso que antes de proferir cualquier otra necedad lea el Evangelio según San Lucas 6, 37-42: «¿Por qué miras la paja que hay en el ojo de tu hermano y no ves la viga que está en el tuyo? ¿Cómo puedes decir a tu hermano: hermano, deja que te saque la paja de tu ojo, tú, que no ves la viga que tienes en el tuyo?, ¡hipócrita!, saca primero la viga de tu ojo, y entonces verás claro para sacar la paja del ojo de tu hermano».
Por lo expuesto le exhorto a que, en lo sucesivo, los actos religiosos en la vía pública de su archidiócesis se tramiten según lo dispuesto en la precitada Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión haciendo otro tanto con sus hermanos en el episcopado, zanjando definitivamente el lamentable espectáculo que vienen dando durante los últimos 4 años ante la opinión pública en general y la población católica en particular con la contumaz vulneración nada menos que de una Ley Orgánica, reguladora por tanto de un derecho fundamental como el de reunión, discriminando en consecuencia a la población católica, única promotora de actos religiosos en la vía pública que «solicita autorización» a su ayuntamiento para celebrar sus actos religiosos en la vía pública, en tanto que los promotores de cualesquiera otros actos en la vía pública los «comunican» a su respectiva Delegación o Subdelegación del Gobierno.
Finalmente, confieso albergar la sospecha de que la pandemia que padecemos sea la respuesta divina a los hechos que anteceden para impedir que Vds continúen vulnerando la ley.
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